La Xunta de Galicia acaba de publicar ayudas a la mejora de la imagen corporativa, modernización en las instalaciones del establecimiento e implementación de nuevos medios y fórmulas de comercialización en el sector comerciante minorista y artesanal gallego para este año 2016.
A continuación señalamos la ficha técnica de tal ayuda:
PLAZO DE PRESENTACIÓN: Hasta el Próximo 18 de Febrero de 2016
AYUDAS:
- Para acondicionamiento del local comercial (siempre que la superficie resultante no supere los 1.501 metros cuadrados). Debemos tener en cuenta que esta actuación será subvencionable para la superficie dedicada a la venta.
Máximo subvencionable 10..000 € (sin iva) y el % subvencionable será de 40%
- Mejora de la imagen exterior y adquisición de muebles y equipamiento dedicado al desenvolvimiento de la actividad comercial.
Máximo 5.000 €(sin iva) y el % de subvención del 40%
- Para herramientas o programas informáticos que mejoren la gestión del establecimiento o el diseño de sus productos.
Máximo de 5.000 € (sin iva) y el % de subvención del 40%
- Nuevos sistemas de comercialización que combinen el comercio online y offline poniendo a disposición de los clientes recursos tecnológicos, implantación y actualización de páginas web, o aplicaciones para móviles dirigidas a mejorar la comercialización de los productos y que cuenten con tienda on line y pasarela de pago.(excluidos publicidad y fotografía)
Máximo de 6.000 € (sin iva) y % de subvención del 50%
- Página web comercial con los siguientes contenidos mínimos: portada o página de inicio, formulario de contacto, páginas de productos o servicios…
Máximo de 1.000 € (sin iva) y el % de subvención del 50%.
- Nuevos sistemas de comercialización e información al consumidor que impliquen la utilización de las redes sociales para la venta (excluida publicidad).
Máximo de 8.000 € (sin iva) y % de subvención del 50 % (el beneficiario de este punto queda obligado a la inserción de 5 publicaciones anuales)
NO SERÁN SUBVENCIONABLES:
- Ordenadores
- Bolsas, etiquetas y cajas convencionales
- Impresoras
- Televisiones
- Sistemas de alarma o similares
- Impuestos recuperables o repercutibles por el beneficiario
INCOMPATIBILIDADES: Estas ayudas son incompatibles con cualquiera otras de las reguladas por la consellería de Economía, Empleo e Industria y entes dependientes para los mismos conceptos subvencionables.
REQUISITOS PARA SER BENEFICIARIO:
- Desenvolver su actividad comercial en Galicia
- Que sean consideradas PYMES y tengan menos de 10 trabajadores
- Que estén dados de alta en algunos de los epígrafes que establece la Orden.
- Que no sean consideradas empresas en crisis (reglamento 651/2014)
OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS:
- Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto o realizar la actividad.
- Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y de las condiciones.
- Someterse a actuaciones de comprobación que efectuará el órgano concedente.
- Comunicarle al órgano concedente la obtención de otras ayudas.
- Acreditar con anterioridad a la propuesta del resolución, que se encuentra al día con las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social, y que no existe deuda alguna con la Admón. Pública.
- Mantener lo subvencionado con la ayuda otorgada al menos tres años desde su concesión.
- Conservar el expediente para el caso de inspección.
- Adoptar las medidas de publicidad contenidas en el Punto 3 del artículo 15 de la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia.
Dpto Jurídico – Xedega S.Coop.Galega
Laura Muñiz