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Ayudas a la creación de Empresas otorgadas por el Concello de Vigo

FINALIDAD: Estas ayudas se crean para colaborar de forma activa en la generación de empleo en el ayuntamiento apoyando la puesta en marcha de proyectos, de pequeñas y medianas empresas, independientemente de su forma jurídica, que hayan iniciado su actividad empresarial entre el 1 de Abril de 2014 y el 31 de Marzo de 2015.

OBJETO: Se subvencionarán parte de los gastos de su puesta en marcha y del funcionamiento de la empresa durante los 3 primeros meses de actividad y los tres primeros meses anteriores.

REQUISITOS: Se exigen una serie de requistos de obligado cumplimiento para poder acceder a las mismas:

  • Domicilio fiscal y social en Vigo
  • Empresas de nueva creación
  • Que por lo menos, uno de los promotores esté en situación de desempleo en la fecha de inicio de la actividad.
  • Estar al corriente en deudas con la Administración y con el Concello de Vigo
  • Quel los promotores no desarrollasen igual o similar actividad en los seis meses anteriores
  • Que ninguno de los promotores recibiera la subvención del Programa de Ayudas Municipales a la creación de empresas del Concello de Vigo en los 4 años anteriores al inicio de la nueva actividad
  • Y cumplir con los requisitos generales de la Ley de Subvenciones de Galicia (no estar en situación de concurso, no haber sido condenadas por sentencia firme a no poder ser beneficiarias de subvenciones, ETC)

LÍMITES: El importe máximo de estas ayudas será de 3.000.-€ por empresa y no podrá superar el 50% de los gastos efectuados durante el periodo indicado ni tampoco exceder la cuantía total de la inversión inicial realizada por los promotores.

INCOMPATIBILIDADES: No será compatible esta ayuda con las ayudas EMEGA o con las Ayudas a Autónomos siempre y cuando se soliciten para los mismos conceptos, no obstante podrán compaginarse entre sí, si se solicitan para partidas distintas.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

  • 10 puntos: Empresas que obtuvieron certificado ILE o PEIM emitido por el Concello de Vigo
  • 2 puntos: Por la situación social de las personas promotoras que crean su puesto de trabajo (dependiendo del colectivo: mujeres, menores de 30, mayores de 45, etc.)
  • 2 puntos: por cada empleo creado por cuenta propia o ajena a tiempo completo de duración mínima de tres meses.
  • 2 puntos: por cada persona promotora autoempleada o contratada por cuenta ajena, empadronada en Vigo
  • 2 puntos: por el empleo de la lengua gallega en la realización de actividades propias de la empresa

GASTOS SUBVENCIONABLES:

  • Gastos de constitución y apertura (50%)
  • Existencias iniciales de mercancías (50%)
  • Gastos de alquiler (50%)
  • Primas de seguros (50%)
  • Suministros y gastos corrientes (50%)
  • Derechos de propiedad industrial (50%)
  • Impuesto de vehículos de tracción mecánica (50%) (vehículos afectos a la actividad)

PLAZO: El plazo de presentación finaliza el próximo 15 de Julio 2015.

1 Respuesta

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