Beneficiarios
- Personas trabajadoras autónomas que estén dadas de alta en el régimen especial de autónomos o en mutualidades de colegio profesional:
- Que tengan domicilio en Galicia,
- Que tengan una antigüedad en la realización efectiva de una actividad profesional de manera ininterrumpida a la fecha de solicitud de ayuda de más de 42 meses y
- Que tengan un rendimiento neto reducido en la declaración del IRPF anual inferior a 30.000 € y una facturación mínima de 12.000 €, IVA incluido en el año 2020.
2. Sociedades de cualquier clase y comunidades de bienes con domicilio fiscal en Galicia y que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener una persona autónoma societaria con una antigüedad en la realización efectiva de una actividad empresarial o profesional de manera ininterrumpida en la fecha de solicitud de la ayuda por un plazo superior a 42 meses
- Tener la empresa una facturación mínima anual de 12.000 €, IVA incluido en el año 2020.
- Que la empresa tenga una base imponible en el impuesto de sociedades de la declaración referida al año 2019 realizada inferior a 30.000 euros (según la casilla 552 del impuesto del sociedades). En el caso de entidades que tributen en régimen de atribución de rentas, este importe de 30.000 euros se referirá al rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declaradas en el IRPF de la suma de todos los miembros de la sociedad o comunidad de bienes.
EXCLUSIONES:
Las personas que cobrasen esta ayuda en alguna de las convocatorias anteriores.
Proyectos subvencionables
LINEA I.MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD A TRAVÉS DE LOS SIGUIENTES SERVICIOS:
* Investigación de mercado
* Plan de márketing
* Plan de comunicación del negocio
* Plan estratégico del negocio
* Plan de crecimiento: constitución sociedad
* Plan de reorientación del negocio
* Plan de transformación digital.
* Plan de refinanciamiento
* Además se admiten otros estudios y planes que tengan como fin aumentar la competitividad de la empresa.
* El cofinanciamiento privado de los servicios contratados con Igape a través del programa Re- Acciona en su convocatoria 2021.
LINEA II. MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD A TRAVÉS DE LAS SIGUIENTES INVERSIONES:
* Compra de maquinaria
* Compra de útiles y herramientas
* Reforma de local de negocio, siempre y cuando no sea su domicilio habitual excepto en el caso de que quede acreditado que sea imprescindible para el desarrollo de la actividad del negocio.
* Equipos informáticos: tables, ordenadores de sobremesa y portátiles
* Rótulos
* Aplicaciones informáticas y páginas web
* Creación de logotipo de negocio
* Mobiliario
Las líneas I y II no son excluyentes ni entre ellas ni entre los distintos servicios e inversiones que las configuran. En caso de solicitar ayuda para ambas líneas, se atenderá primero a la línea I y después a la línea II con el límite de 3.000 € para el conjunto de actividades.
Cuantía de la ayuda
80% con un máximo de 3.000 € por el conjunto de actividades subvencionables.
Plazo de Presentación
Desde el 13 de julio de 2021 hasta el 12 de agosto de 2021.
Plazo de Ejecución
Desde el 01 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.