Esta semana escribimos con la voluntad de informarles sobre las novedades establecidas por el Real Decreto Ley 16/2013 del pasado 20 de diciembre, así como por la Ley de Presupuestos del Estado del 26 de diciembre y por la Ley Autonómica 9/2013 de 19 de diciembre.
Por una parte, con la llegada del nuevo año, aumentarán las siguientes cuotas de autónomos:
- Autónomos 2014: Base mínima de cotización sube el 2% desde 858,60 a 875,70 euros mensuales, por lo que la cuota mínima, pasa de 256,72 € a 261,83 euros. La base máxima de cotización se establece en 3.597,00 euros mensuales.
- Autónomos con más de 10 trabajadores y autónomos de sociedades mercantiles y laborales: equipararán sus bases mínimas de cotización con la base mínima del grupo 1 del régimen general, que ascienden a 1.051,50 euros, con lo que la cuota mensual de autónomos será de 313,34 euros. De todos modos, quedarán exentos durante 12 meses los autónomos que causen alta inicial en el RETA.
En otro contexto, cambian las condiciones del contrato a tiempo parcial, pues en el mismo deberá constar la jornada en horas (diarias, semanales…) y su distribución. Será también obligatorio registrar la jornada realizada día a día y se totalizará mensualmente, entregando una copia al trabajador con su nómina. Se deben conservar los resúmenes de jornadas durante 4 años. Asimismo, aumenta el porcentaje de horas complementarias, incluso para contratos temporales
Además, se reduce la jornada por cuidado de hijo/a, que amplia la edad del menor de 8 a 12 años, mientras que el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) anuncia que se elimina el pago del 40% de la indemnización de despidos objetivos en empresas de menos de 25 trabajadores.
Cambian también los conceptos cotizables, ya que, desde el mes de diciembre, ciertos pluses de la nómina pasan a ser totalmente cotizables, mientras que hasta la fecha cotizaban solo los que superaban el 20% del IPREM. Entre ellos, el plus de transporte, pagos en especie como planes de pensiones, primas de seguros, etc.
Otro paso más hacia una mayor autonomía de los empresarios viene dado por la supresión de la Licencia Municipal: Supresión de licencias municipales vinculadas con establecimientos comerciales y prestatarios de servicios en la Comunidad Gallega, sustituyéndolas por comunicaciones previas o declaraciones responsables.
Por último, entre las novedades pendientes de ser publicadas, pero cuyo anteproyecto ya está aprobado, se encuentra la Ley de Mutuas, que pretende dar mayor capacidad de gestión y control a las mutuas en las bajas por contingencias comunes, y así que puedan formular propuesta de alta médica de trabajadores que se trasladará al facultativo de la seguridad social y que si en plazo de 5 días no es contestada por el mismo significará el alta inmediata y la reincorporación del trabajador a su puesto. Así mismo, modifica los requisitos para facilitar el acceso a la prestación por cese de actividad de los autónomos.
Quedamos a vuestra disposición para cualquier aclaración.