Plan de Prevención de Delitos – COMPLIANCE

Publicado el 1 Dic, 2016

                                                              

Normativa sobre la Responsabilidad Penal de las Empresas

Compliance

La Ley Orgánica 1/2015, de 1 de Julio, que reformó el Código Penal, concretamente a través de su artículo 31 bis y cuya entrada en vigor ha sido a lo largo de este año 2016, viene a incluir la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Es decir:

Una empresa (identificada a través de su Administrador/es o  Consejo Rector) puede ser condenado/a por delitos penales, cuando obtenga un beneficio, directo o indirecto, debido a la actuación de alguno/s  de sus trabajadores en el ejercicio de su trabajo. 

Pasamos a detallar, algunos de los delitos penales por lo que el Administrador o Consejo Rector de una entidad podría ser condenado:

  • Delitos de Estafa (el cobrar por un servicio que no se realiza).
  • Blanqueo de Capitales (falsear facturas con la finalidad de oficializar dinero de origen delictivo).
  • Delito contra la propiedad intelectual e industrial, el mercado y los consumidores (engañar en las características de un producto o servicio)
  • Delito de Cohecho (realización de un soborno buscando una contraprestación).
  • Delitos contra la Hacienda Pública y Seguridad Social (defraudar más de 120.000 €)
  • Delitos contra el Medio Ambiente (a raíz de la actividad de la empresa la emisión de gases, vertidos, ruidos, etc sin disponer de las medidas legales y preventivas oportunas)
  • Insolvencias punibles (desviación del patrimonio empresarial para no poder atender deudas contraídas con terceros)
  • Falsedad en medios de pago (empleo de cheques/pagarés falsos o sabiendo que no van a poder ser atendidos).

 

En el supuesto de que la empresa fuera demandada por algunos de estos delitos anteriormente citados y cometidos por alguno de sus empleados, podría  eludir su responsabilidad si tienen incorporado en su actividad organizativa el Plan de Prevención de Delitos – Compliance.

 

Dpto Jurídico

Xedega S.Coop.Galega

 

 

 

 

 

Otros artículos de interés