PROGRAMA DE PROMOCION DE EMPLEO AUTONOMO (ORDEN 15/12/2017) (PUBLICADA EN EL DOGA 26/01/2018)
Os dejamos un resumen de esta Orden de Ayudas publicadas por la Consellería de Economía, Emprego e Industria de la Xunta de Galicia cuyo objeto es la promoción del empleo autónomo y su consolidación.
Esta subvención consta de dos programas diferenciados, cuyas características básicas son las siguientes:
Programa I: Ayudas a la promoción de empleo autónomo
La finalidad de este programa es conceder una ayuda económica a las personas desempleadas que creen su propio puesto de trabajo mediante su constitución en personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia y que cumplan con los siguientes requisitos:
– Tener formalizada el alta como persona trabajadora autónoma desde el 1 de octubre de 2017 hasta el 30 de septiembre de 2018, ambos inclusive.
– Estar inscrito como demandante de empleo en la fecha de inicio de la actividad laboral
– Desarrollar su actividad empresarial o profesional en Galicia
Cuantía
La cuantía de esta subvención va desde los 2.000 euros hasta un máximo de 8.000 euros al aplicarse diversos incrementos por edad, desempleo de larga duración, discapacidad, género, etc.
Programa II: Ayudas a las personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida de personas asalariadas
La finalidad de este programa es incentivar la contratación indefinida inicial de personas desempleadas realizada por personas trabajadoras autónomas o personas profesionales con domicilio social y fiscal en Galicia y que cumplan con los siguientes requisitos:
– Serán subvencionables las contrataciones indefinidas iniciales que se formalicen desde el 1 de octubre de 2017 hasta el 30 de septiembre de 2018 con personas trabajadoras desempleadas para prestar servicios en centros de trabajo situados en Galicia.
– Podrán recibir la ayuda por la primera contratación que realicen con carácter indefinido durante su primer año de actividad.
– Podrán recibir la ayuda por la segunda y tercera contratación que realicen con carácter indefinido en los tres primeros años de actividad.
Cuantía
La cuantía de esta subvención va desde los 3.000 hasta un máximo de 14.000 euros, según los casos.
El plazo general para la presentación de solicitudes de ambos programas finalizará el 30 de septiembre de 2018.
Dpto Jurídico
Xedega S.Coop.Galega