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AYUDAS a la CONTRATACIÓN – 2024

Objeto

Ayudas que favorezcan la contratación de personas desempleadas en la empresa ordinaria y, especialmente, de aquellas que tienen mayores dificultades de inserción laboral.

Líneas y tipo de contratación

Cuatro tipos de ayudas compatibles:

  1. Incentivos a la contratación indefinida inicial.
  2. Incentivos al incremento de jornada de las contrataciones indefinidas, de tiempo parcial a tiempo completo
  3. Incentivos al incremento de la duración anual de los contratos fijo-discontinuos a un mínimo de 9 meses.
  4. Ayudas para la adaptación de puestos de trabajo de personas con discapacidad

A mayores hay que tener en cuenta el Incentivo a la formación (opcional).

 

El único contrato subvencionable será el de duración indefinida a jornada completa.(excepto en caso de discapacitados o riesgo de exclusión social)

 

Beneficiarios

Podrán ser entidades beneficiarias las personas autónomas que realicen contrataciones por cuenta ajena y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas que contraten trabajadoras o trabajadores por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Las empresas que tengan cincuenta o más personas trabajadoras deberán cumplir el cupo de reserva para personas con discapacidad, conforme se dé ocupación, al menos, al 2 % de trabajadores.

Las personas contratadas tendrán que ser personas desempleadas que cumplan alguna de estas condiciones:

  • Persona joven: la persona contratada tiene que tener menos de 30 años.
  • Persona mayor de 52 años.
  • Emigrante retornado o extranjero.
  • Mujer.
  • Parado de Larga Duración
  • Persona discapacitada o en riesgo de exclusión

Las contrataciones de las personas desempleadas que encajan en alguno de los grupos anteriores tienen que haberse realizado entre el 30 de septiembre de 2023 y el 29 de septiembre de 2024.

 

Cuantias

  1. Las contrataciones indefinidas iniciales se incentivarán con una ayuda de:
    • 6.000 € cuando la persona trabajadora contratada sea una persona desempleada joven menor de 30 años.
    • 9.000 € cuando la persona trabajadora contratada sea desempleada parada de larga duración.
    • 9.000 € cuando la persona contratada sea mayor de 52 años.
    • 9.000 € si la persona contratada es emigrante retornado o persona extranjera.
    • 10.000 € cuando el contrato se realice con una mujer desempleada.
    • 14.000 € si el contrato se celebra con una persona con discapacidad o en riesgo de exclusión social. En este supuesto, si el contrato es a tiempo parcial la cuantía del incentivo será la parte proporcional a la jornada de trabajo.
  2. A esta cantidad se añadirán 4.000 € de Bono Formación.
  3. Las cuantías se incrementarán en un 15 % en los siguientes casos, que son acumulables entre sí:
    • En el supuesto de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en el caso de carecer de este) esté situado en un ayuntamiento rural.
    • Personas trans.
    • Si la contratación se realiza con mujeres en profesiones y oficios en los que la mujer esté subrepresentada.
    • Si la persona contratada es mayor de 45 años (no aplicable a  solicitudes por contrataciones de mayores de 52 años).
    • Si la persona contratada es mujer (no aplicable a  solicitudes por contrataciones de mujeres).

Otras Cuantías a complementar:

  1. Incremento de jornada de las contrataciones indefinidas iniciales (de jornada parcial a jornada completa): incentivo de 2.000 € . Si el incremento de jornada se realiza en personas con discapacidad, el incentivo será de 3.000 €.
  2.  Incremento de la duración anual de los contratos fijo discontinuos a un mínimo de 9 meses y a jornada completa: incentivo de 4.000 €.
  3. Las cuantías de la subvención por la contratación indefinida de las personas con discapacidad, se incrementarán en 1.000 € por la adaptación de los puestos de trabajo o por la dotación de equipaciones de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales a la persona trabajadora con discapacidad contratada, o por eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de las personas trabajadoras con discapacidad.

OBLIGACIONES:

Mantener en su plantilla a la persona trabajadora objeto de subvención durante un período mínimo de 36 meses  (3 AÑOS) contados desde la fecha de realización de la contratación, del incremento de jornada, de la duración anual del contrato fijo-discontinuo o de la adaptación de puestos.